El derecho internacional de los derechos humanos establece determinadas obligaciones que los Estados tienen que respetar.
Al ratificar los tratados internacionales relativos a los derechos humanos, los Estados asumen obligaciones y deberes vinculantes en derecho internacional sobre cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos humanos.
Principales responsabilidades de los Estados
Los Estados son los titulares de las obligaciones que impone el derecho internacional en el ámbito de los derechos humanos y poseen la mayor parte de responsabilidad en cuanto al suministro directo del derecho a la educación, aunque existan excepciones según los contextos específicos.
Mediante la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se comprometen a impulsar medidas y leyes en el plano nacional compatibles con las obligaciones y deberes que les imponen estos tratados.
Todos los países del mundo han ratificado al menos un tratado que abarca ciertos aspectos del derecho a la educación, por lo que se espera que apliquen este derecho.
Contenido de las obligaciones de los Estados en lo relativo al derecho a la educación
Al igual que los demás derechos humanos, el derecho a la educación impone diferentes niveles de obligación que los Estados deben cumplir: respetar, proteger y cumplir el derecho a la educación.
- La obligación de respetar exige que los Estados eviten tomar medidas que obstaculicen o impidan el disfrute del derecho a la educación.
- La obligación de proteger requiere que los Estados tomen medidas para evitar que terceras partes puedan interferir en el disfrute del derecho a la educación.
- La obligación de cumplir entraña que los Estados deben adoptar medidas positivas que faciliten y ayuden a los particulares y a las comunidades a disfrutar del derecho a la educación.
Las obligaciones relacionadas con cada uno de los “rasgos esenciales” del derecho a la educación abarcan cuatro ámbitos: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad.
Componentes principales del derecho a la educación
Los Estados también quedan sujetos a los principios de no regresión (no deben dar pasos atrás deliberadamente adoptando medidas que deroguen o restrinjan las garantías contenidas en el derecho a la educación), así como a la mayor cantidad posible de asignación de recursos disponibles.